Solventar o quedarse fuera: el peso que tendrían las auditorías estatales en la reelección de alcaldes
La propuesta de Juanita Guerra daría a las observaciones de los órganos de fiscalización un efecto inédito: decidir si un alcalde puede volver a competir.
Por Bruno Cortés
En el lenguaje de la fiscalización, «solventar» es una palabra técnica: significa que el ente auditado aclaró, justificó o corrigió las irregularidades que encontró la autoridad revisora. Si una iniciativa presentada en el Senado de la República prospera, esa palabra podría tener consecuencias electorales directas para alcaldesas y alcaldes de todo el país.
La senadora Juanita Guerra Mena, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), propuso reformar el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115 de la Constitución para prohibir que se elija de nuevo como presidente municipal a quien, durante su periodo, no haya solventado las observaciones derivadas de auditorías. La información fue difundida por el grupo parlamentario del PVEM en su boletín 708-2026, este domingo 25 de octubre.
Cómo funciona hoy la revisión de las cuentas municipales
Los municipios administran recursos propios y transferencias federales y estatales, y deben rendir cuentas de su uso. Cada estado cuenta con una entidad de fiscalización superior —con nombres distintos según la entidad— que revisa las cuentas públicas municipales; en Morelos, por ejemplo, esa tarea corresponde a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF). Cuando se trata de recursos federales, también puede intervenir la Auditoría Superior de la Federación.
Como resultado de esas revisiones, los órganos emiten observaciones. El municipio tiene entonces la oportunidad de responder con documentación o aclaraciones. Si lo logra, la observación se considera solventada; si no, puede derivar en promociones de responsabilidad o en otras acciones.
El hueco que señala la senadora
El problema, según explicó la legisladora, está en el reloj. Las auditorías se practican sobre cuentas públicas de ejercicios ya concluidos, de modo que, cuando las observaciones se notifican, el presidente o la presidenta municipal suele encontrarse en el último tramo de su gestión o fuera del cargo.
Con la reelección municipal vigente, ese desfase abre una posibilidad: que alguien busque un nuevo periodo mientras su gestión anterior sigue con observaciones abiertas. La iniciativa pretende cerrar esa puerta convirtiendo la solventación en una condición para volver a competir.
De acuerdo con la senadora, las observaciones no atendidas se heredan a las administraciones siguientes y no permiten solventar servicios públicos como el agua potable, el alumbrado, la seguridad pública y la recolección de residuos.
Un caso de Morelos como referencia
Para sustentar su propuesta, la legisladora mencionó el caso de Jesús «N», expresidente municipal de Cuautla, quien, según el boletín, se encuentra vinculado a proceso por delincuencia organizada y tráfico de armas. La senadora indicó que no se solventó la cuenta pública de 2020 ante la ESAF, que encontró diversas irregularidades, entre ellas un faltante de 10 millones de pesos, y que aun así se inscribió para volver a gobernar el municipio. La persona mencionada conserva la presunción de inocencia en tanto no exista una resolución definitiva.
La senadora también advirtió que, en algunos casos, quienes dejan observaciones pendientes no solo evitan rendir cuentas, sino que además han sido vinculados con la delincuencia organizada.
Las preguntas que abre la propuesta
Dar efectos electorales a una observación de auditoría plantea varios puntos que tendrían que resolverse en la discusión legislativa, y que el boletín no aborda:
- El momento del corte. ¿Contarían solo las observaciones notificadas antes del registro de candidaturas o también las que estén en revisión?
- La autoridad que certifique. Sería necesario definir si las entidades de fiscalización estatales emitirían constancias y en qué plazos.
- La diferencia entre observaciones. No todas son iguales: algunas son administrativas y se aclaran con un documento, y otras apuntan a posibles daños al erario.
- El derecho de defensa. Habría que garantizar que quien aspira a la candidatura pueda impugnar a tiempo una observación que considere injustificada.
Lo que sigue
Por tratarse de una reforma constitucional, la iniciativa necesitaría el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes en el Senado y en la Cámara de Diputados, además de la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales. El boletín no informa a qué comisiones fue turnada.
Para la senadora por Morelos, la reforma generaría ventajas directas para que el país y sus comunidades tengan servicios de mejor calidad y, sobre todo, permitiría identificar a las personas que están observadas por la Auditoría. Si se aprueba, el trabajo de los órganos de fiscalización dejaría de ser solo un expediente técnico y pasaría a pesar también en las urnas.